• Normativa
  • Cuidado hijo menor de 3 años
  • Cuidado otros familiares
  • Voluntaria interés particular
Fecha Excedencias-Reingresos > Normativa Documento
     
13-04-07  Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Artículo 89 BOE
31-05-05   Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León. Artículo 88 BOCyL
06-10-98 Real Decreto 2112/1998 -Concursos de traslados de ámbito nacional Cuerpos Docentes. Disposición adicional 5ª. BOE
23-02-96  Resolución de 15 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se dictan reglas aplicables a determinados procedimientos en materia de reingreso al servicio activo y de asignación de puestos de trabajo. Regla 5ª. BOE
     

  Excedencias-Reingresos > Cuidado hijo menor de 3 años Documento
 

Características generales

 
 
  • Período de excedencia para atender al cuidado de cada uno de sus hijos, tanto lo sean por naturaleza como por adopción o por acogimiento.

 
 
  • Duración máxima: 3 años contados desde la fecha de nacimiento del hijo (o desde la fecha de resolución judicial o administrativa de la adopción o acogimiento).
 
 
  • Puede solicitarse en cualquier momento a partir del nacimiento del hijo o resolución judicial o administrativa de la dopción o acogimiento, tanto recién finalizada la licencia por maternidad como en un momento posterior, una vez incorporado a su destino.
 
 
  • Un nuevo nacimiento, adopción o acogimiento da derecho a un nuevo período de excedencia no superior a tres años (el nuevo período pone fin al anterior que se viniera disfrutando).
 
 

Derechos durante la permanencia en esta situación

 
 
  • Reserva, durante los 2 primeros años, del puesto de trabajo que venía desempeñando con carácter definitivo.
 
 
  • Cómputo del tiempo de excedencia a efectos de antigüedad (trienios y sexenios).
 
 
  • Cómputo a efectos de una futura solicitud de excedencia por interés particular.
 
 
  • MUFACE: conservar la condición de mutualistas, con los mismos derechos que en servicio activo, pero sin efectuar cotización (Art. 7 y 10 de la Ley 4/2000 sobre Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado). 
 
 

Trámites y documentación a presentar

 
 
  • Solicitud ante la Dirección Provincial de Educación de la que dependa. Puede redactarse por el propio interesado o bien cumplimentando el modelo de solicitud.
  • Acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
    • Fotocopia compulsada del libro de familia.
    • Declaración jurada del interesado de no desempeñar, durante el tiempo de excedencia, actividad que pueda impedir o menoscabar el cuidado personal del hijo menor.
    • Declaración jurada del cónyuge de no estar disfrutando excedencia por el cuidado de hijo menor.
(158 KB)
 

Trámites para el reingreso al servicio activo

 
 
  •  Solicitud ante la Dirección Provincial de Educación de la que dependa.
(124 KB)
 
  • En la solicitud debe indicarse claramente la fecha en que se desea reingresar.
 
 
  • Si una vez que el hijo causante de la excedencia alcanza la edad de 3 años el funcionario no ha solicitado el reingreso al servicio activo o no ha acreditado el derecho a permanecer en la misma situación por el nacimiento de otro hijo, se le declarará de oficio en situación de excedencia por interés particular.
 
     

  Excedencias-Reingresos > Cuidado otros familiares Documento
 

Características generales

 
 
  • Período de excedencia para atender al cuidado de un familiar que se encuentre a su cargo y que por razones de edad, de accidente o de enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.
 
 
  • Hay algunas limitaciones en su disfrute:
    • Grado de parentesco: sólo hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad.
    • Cada sujeto causante sólo da derecho a un período de excedencia.
    • Duración máxima: 3 años
 
 

Derechos durante la permanencia en esta situación

 
 
  • Reserva del puesto de trabajo desempañado con carácter definitivo, durante los 2 primeros años.
 
 
  • Cómputo a efectos de antigüedad (trienios y sexenios)
 
 
  • Cómputo a efectos de una futura solicitud de excedencia por interés particular.
 
 
  • MUFACE: conservar la condición de mutualistas, con los mismos derechos que en servicio activo, pero sin efectuar cotización (Art. 7 y 10 de la Ley 4/2000 sobre Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado).
 
 

Trámites y documentación a presentar

 
 
  • Solicitud de excedencia ante la Dirección Provincial de Educación en la que preste sus servicios  
(158 KB)
 
  • Acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
    • Fotocopias compulsadas de la documentación que acredita el parentesco con el sujeto causante.
    • Documentación justificativa (certificados médicos, etc.) de la necesidad de los cuidados.
    • Documentación justificativa de que el familiar no desempeña actividad retribuida.
    • Acreditación de la convivencia con el familiar causante
 
 

Trámites para el reingreso al servicio activo

 
 
  •  Solicitud ante la Dirección Provincial de Educación de la que dependa.
(124 KB)
 
  • En la solicitud debe indicarse claramente la fecha en que se desea reingresar.
 
 
  • Si llegado el momento de la reincorporación el funcionario no ha solicitado el reingreso al servicio activo, se le declarará de oficio en situación de excedencia por interés particular.
 
     

  Excedencias-Reingresos > Voluntaria interés particular Documento
 

Características generales

 
 
  • No requiere de la existencia de una causa justificativa.
 
 
  • Haber prestado servicios efectivos los 5 años inmediatamente anteriores a la solicitud.
 
 
  • Duración mínima: 2 años.
 
 
  • Duración máxima: actualmente no existe máximo.
 
 
  • Conlleva la pérdida del destino que se venía desempeñando.
 
 
  • El tiempo de excedencia no computa a efectos de antigüedad.
 
 

Trámites y documentación a presentar

 
 
  • Solicitud de excedencia ante la Dirección Provincial de Educación de la que dependa.
(152 KB)
 
  • Documentación complementaria: certificación de servicios prestados a efectos de acreditar los 5 años exigidos (No será necesario si esos servicios se han prestado en la Administración educativa de Castilla y León).
 
 

Reingreso al servicio activo:

 
 
  • Mediante participación en las convocatorias de concurso de traslados efectuadas por la Administración educativa
 
 
  • Si las necesidades del servicio lo permiten, mediante asignación de un destino con carácter provisional en la provincia en la que hubiera tenido su último destino y con obligación de participar en los concursos de traslados hasta la obtención de un destino definitivo.
    • En este último caso deberá presentar solicitud de reingreso al servicio activo ante la Dirección Provincial de Educación en la que tuvo su último destino .
(124 KB)

 

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SUMARIO:
-Editorial..............pág.1 y2
-Comisiones de Servicios..................pág.2
-Y presumen de democráticos........... pág.3
-Educación LOGSE vestida de LOE.... ................pág.4
-Los logros de ASPES....................pág. 4

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Colaboraciones
y Opinión
'El humo de Birkenau'
Ricard Massó, PES.
'El profesor como autoridad pública'
Jose Luis González, ASPES.
El desdén a la autoridad.
Montserrat Bartolomé

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